El sillón de la presidencia del Consejo Asesor de la Magistratura (CAM) es clave para el Gobierno provincial. Desde allí se supervisa la preselección de los abogados que pretenden ser jueces, fiscales o defensores oficiales. Pero, de repente, el alperovichismo ha decidido sacar su ficha más importante en este órgano, y la ha colocado en el casillero contrario: el del Jury de Enjuiciamiento, instituto que se encarga de acusar -y eventualmente de destituir- a los magistrados. Daniel Posse, vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT), ha renunciado ayer a la conducción del CAM. El ex fiscal de Estado del Gobierno alperovichista había sido seleccionado para representar al alto tribunal en el Jury. Pero la Constitución provincial establece que ambos cargos son incompatibles. Por eso, a horas de que Susana Trimarco plantee la queja formal contra los jueces que absolvieron a los 13 imputados en el caso de su hija, Posse optó por alejarse del órgano que preselecciona magistrados. La decisión, que generó sorpresa en el Poder Judicial, evidenció la preocupación del oficialismo por hacerse eco del reclamo de la madre de María de los Ángeles Verón.
El 11 de diciembre, los integrantes de la sala II de la Cámara Penal, Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano, libraron de culpa y cargos a los imputados de privación ilegítima de la libertad y promoción de la prostitución. Tras 10 meses de debate oral y público, el tribunal emitió una absolución general por falta de pruebas. La sentencia desató una crisis política en la provincia, y el alperovichismo cierra el año tratando de aplacar esas tensiones.
Luego del fallo, Trimarco le pidió al gobernador, José Alperovich, la renuncia del entonces ministro de Seguridad Ciudadana, Mario López Herrera. El mandatario le hizo caso, y en su lugar puso a uno de sus funcionarios de mayor confianza: Jorge Gassenbauer.
La madre de Marita también le avisó a Alperovich que quiere la destitución de Piedrabuena, de Herrera Molina y de Romero Lascano. Los abogados de Trimarco se alistan para plantear la acusación en la Legislatura. Mientras tanto, el gobernador aceita los engranajes de los organismos que llevarán adelante el proceso.
Para que la comisión de Juicio Político del parlamento le dé curso a la queja son necesarios los dos tercios de los votos. El oficialismo no tendrá problemas en esta instancia, ya que 10 de los 11 integrantes de ese comité son del bloque alperovichista.
Una vez que esto suceda, el expediente llegará al Jury de Enjuiciamiento, que está integrado por representantes de los tres Poderes del Estado.
La semana pasada, la CSJT designó a Posse para que cumpliera esa función. Pero horas antes de que el instituto se reuniera por primera vez, se advirtió que el ex fiscal de Estado no podía asumir, ya que era presidente del CAM desde octubre de 2011. El artículo 126 de la Constitución provincial impide que el gobernador, el vicegobernador, el ministro fiscal y los integrantes del Consejo Asesor de la Magistratura participen en estos procesos. Esta equivocación u olvido le significó una oleada de críticas a la Corte Suprema de Justicia.
Posse, al haber renunciado al CAM, no tendrá problemas para integrar el Jury. Con la situación del ex funcionario resuelta, ya está todo listo para que el órgano de enjuiciamiento se constituya hoy. Se comenta que la reunión se celebraría hoy a las 19.
Por la Legislatura irán los oficialistas Marcelo Caponio, Alejandra Cejas, José "Gallito" Gutiérrez y Raúl Hadla; y el macrista Alberto Colombres Garmendia.
El representante del PE será el hermano del vocal Posse, Jorge Posse Ponessa.
El voto del Colegio de Abogados de Tucumán (CAT) le corresponderá a Sebastián Herrera Prieto.
Según un alperovichista que participará del inminente proceso contra los jueces de la sala II, en Casa de Gobierno saben que no tienen garantizada una resolución como la que solicitó Trimarco. En la previa, estiman que los cuatro legisladores del PJ y el fiscal de Estado avalarán las destituciones. Pero, para conseguirlas, hacen falta los dos tercios de los votos nominales; es decir, seis de los ocho. Según estos cálculos, resta ver qué decisión toman Colombres Garmendia, Herrera Prieto y Daniel Posse. Si los tres descartan la acusación, la madre de Marita no tendrá la respuesta que esperaba.
Estas son aún meras conjeturas, pero en el oficialismo no quieren más sorpresas. Por la inesperada bomba que estalló con la sentencia del caso Verón, las esquirlas llegaron a la Casa Rosada. Y el alperovichismo sabe que eso no puede volver a ocurrir.
¿Cómo será el proceso contra el tribunal?
1- ¿Dónde se realizará el planteo inicial?
Susana Trimarco acusará a los jueces Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano ante la comisión de Juicio Político de la Cámara. El reclamo debe ser ratificado, ampliado o rectificado en los siguientes dos días.
2- ¿Qué resuelve la comisión de Juicio Político?
Si se ratifica la denuncia, el comité tiene 15 días hábiles para decidir si avanza el proceso (se define con 7 de los 11 votos). Una vez que los acusados contestan la demanda, la comisión tiene 20 días hábiles para definir si formula la acusación.
3- ¿Qué ocurre si se le da curso a la acusación?
Si los legisladores entienden que hay motivos para acusar a los jueces, el expediente pasará al Jury de Enjuiciamiento. Este órgano analiza los planteos contra magistrados que no pueden ser sometidos a juicio político.
4- ¿Qué hará el Jury de Enjuiciamiento?
El mismo día que se recibe el expediente, el órgano debe fijar fecha y hora para escuchar la acusación. Los demandados tienen 15 días hábiles para preparar su defensa y exponerla por escrito. Las partes también deben producir sus pruebas.
5- ¿Cómo es la votación?
Tras los alegatos, los representantes de la Legislatura (cinco); y del PE, del Colegio de Abogados y de la Corte Suprema (uno por organismo) deben reunirse en sesión secreta. La discusión no puede superar cinco días. Definen los 2/3 de los votos.
6- ¿Cuál es el plazo límite para finalizar el proceso?
Tras la notificación al acusado, el proceso realizado por el Jury de Enjuiciamiento no puede exceder los 90 días corridos. De todas maneras, las partes y el propio órgano pueden usar o no los tiempos en toda su extensión.